Residuos peligrosos (RP)

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Residuos peligrosos (RP)

Tal y como establece el artículo 3.e de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados, (BOE: 29/07/2011) es «Residuo peligroso»: residuo que presenta una o varias de las características peligrosas enumeradas en el anexo III, y aquél que pueda aprobar el Gobierno de conformidad con lo establecido en la normativa europea o en los convenios internacionales de los que España sea parte, así como los recipientes y envases que los hayan contenido.

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