Impuesto Especial sobre Hidrocarburos (IEH)
El Impuesto sobre Hidrocarburos es un impuesto especial de fabricación de naturaleza indirecta que grava el consumo de hidrocarburos e incluye todos los productos que se destinan a ser utilizados como combustible para la calefacción (salvo el carbón) o como carburante en cualquier tipo de motor (Artículo 46 de la Ley 38/1992). Los principales productos energéticos que se someten a gravamen por el Impuesto sobre Hidrocarburos son: gasolinas, querosenos, gasóleos, fuelóleos, gases licuados de petróleo (GLP), gas natural, biocarburantes y biocombustibles, cuando se destinan a su utilización como carburante o combustible. La base del impuesto está constituida por el volumen de productos objeto del impuesto.
El IEH tiene carácter de tributo concertados que se rige por las mismas normas sustantivas y formales establecidas en la Ley 38/1992. No obstante, los TT. HH. pueden establecer los tipos de gravamen dentro de los límites y en las condiciones vigentes en cada momento en el territorio común. Se exige por las respectivas Diputaciones Forales cuando el devengo se produce en el País Vasco (Artículo 33 de Ley 12/2002 y Ley 7/2014).