Canon de utilización de los bienes del dominio público hidráulico (canon de utilización)

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Canon de utilización de los bienes del dominio público hidráulico (canon de utilización)

El Canon de ocupación grava la utilización o aprovechamiento de los bienes del dominio público hidráulico. La base imponible es el valor del suelo. La gestión y liquidación del canon corresponde a la Agencia Vasca del Agua (URA), así como las valoraciones específicas para los suelos que constituyen el objeto de la base (Decreto 229/2021, de 2 de noviembre; y, Resolución del Director General de la Agencia Vasca del Agua de 17 de diciembre de 2015).

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