Entidad de población

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Entidad de población

Hay que distinguir dos clases de entidades de población:

a) Entidades singulares. Se considera entidad singular a cualquier parte habitable del término municipal, habitada o excepcionalmente deshabitada, claramente diferenciada dentro del mismo y que es conocida por una denominación específica que la identifica sin posibilidad de confusión.

b) Entidades colectivas. Se trata de unidades intermedias entre la entidad singular y el municipio, que agrupan a varias entidades singulares.

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