Situación profesional

Situación profesional

Esta característica se refiere a la forma que toma la relación laboral de los ocupados con la empresa donde trabaja referidos a su ocupación principal durante la semana de referencia. Para las personas paradas que hayan trabajado anteriormente y para las jubiladas se refiere a la forma que toma la relación laboral en la semana anterior al paro, o a la jubilación.

Se consideran los siguientes grupos:
1. Empresario. Patrono empresario con asalariados.
2. Autónomo. Empresario que no emplea personal, o trabajador por cuenta propia.
3. Cooperativista. Miembro de cooperativa de producción o comercio que trabaja en la misma.
4. Asalariado. Persona que trabaja a sueldo, jornal, comisión u otra clase cualquiera de remuneración, con carácter fijo.
5. Eventual. Persona que trabaja a sueldo, jornal, comisión u otra clase cualquiera de remuneración, con carácter eventual o interino.
6. Ayuda familiar. Persona que trabaja sin remuneración reglamentada en la empresa o negocio de un familiar.
7. Otra situación distinta de las descritas anteriormente.

El primer grupo comprende a toda persona que lleva su propia empresa, o ejerce por cuenta propia una profesión liberal, oficio, industria o comercio y contrata a uno o más empleados o trabajadores, a los que remunera mediante sueldo, jornal, comisión, etc.
En el segundo grupo se incluye a toda persona que trabaja en su propia empresa, o ejerce por cuenta propia una profesión liberal, oficio, industria o comercio y no contrata a ningún empleado o trabajador.
Se considera miembro de cooperativa de producción o de comercio a toda persona que trabaja en la misma y participa de sus beneficios.
El cuarto y quinto grupo comprende a toda persona que trabaja para un empresario o patrono, público o privado, y recibe por ello una remuneración en sueldo, jornal, salario, comisión, gratificación o cualquier otra forma de remuneración, distinguiéndose entre fijos y eventuales, según que su vinculación a la empresa esté protegida por un contrato laboral indefinido o no.
Se considera ayuda familiar a la persona que trabaja en la empresa de un familia , no recibiendo jornal o salario fijo, en dinero o especie.
Finalmente se incluyen en el último grupo, las personas que no pueden clasificarse en los apartados anteriores.

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