Obra de construcción o demolición en un domicilio particular, comercio, oficina o inmueble del sector servicios, de sencilla técnica y escasa entidad constructiva y económica, que no suponga alteración del volumen, del uso, de las instalaciones de uso
común o del número de viviendas y locales, y que no precisa de proyecto firmado por personas profesionales tituladas. Decreto vasco 112/2012.