Transferencias de capital (D.9)

Transferencias de capital (D.9)

Se diferencian de las transferencias corrientes en que suponen la adquisición o cesión de un activo o activos por al menos una de las partes que intervienen en la operación. Independientemente de que las transferencias de capital se realicen en efectivo o en especie, deberán traducirse en una variación equivalente de los activos, financieros o no financieros, que figuran en los balances de una o de ambas partes que intervienen en la operación.

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