Vivienda (Censo de edificios y locales 2010)
Se entiende por vivienda, todo recinto estructuralmente separado e independiente que, por la forma en que fue construido, reconstruido, transformado o adaptado, está concebido para ser habitado por persona, y no está totalmente destinado a otros usos, y aquellos otros que no cumpliendo las condiciones anteriores están efectiva y realmente habitados en la época censal o de la estadística.Incluímos, en este concepto, los alojamientos y los establecimientos colectivos.