Se entienden por transferencias las prestaciones sociales monetarias de cobertura obligatoria o basadas en el principio de solidaridad social (quedan excluidas por tanto las prestaciones sociales voluntarias).
Se consideran transferencias:
Pensiones y haberes pasivos.
Prestaciones o subsidios de desempleo.
Prestaciones públicas por actos de terrorismo.
Ayudas percibidas por los afectados del virus de inmunodeficiencia humana.
Prestaciones por incapacidad permanente.
Prestaciones de la Seguridad Social por hijo a cargo.