Situación geográfica de la explotación
Una explotación agrícola se considera, a efectos censales, situada en el municipio donde se encuentren la mayor parte de las tierras o, en caso de duda, donde radique la edificación única o principal de la explotación. Las explotaciones ganaderas sin tierras se consideran adscritas al municipio en el que tenga declarado su ganado o, a falta de declaración, en el municipio donde radiquen las instalaciones ganaderas.