a) Patente nacional
Es el certificado que otorga el Estado por el cual se reconoce el derecho para emplear y utilizar exclusivamente una invención en la industria y dar al comercio o poner en venta los objetos fabricados procedentes de esta invención por un tiempo determinado, según la Ley 11 /l 986 de 20 de marzo, Nueva Ley de Patentes. En las tablas elaboradas por EUSTAT se presentan datos de patentes publicadas, generadas en la C.A. de Euskadi en el año de referencia y no de las solicitadas en dicho año.
b) Patente por vía europea.
Es la patente tramitada por la Oficina Europea de Patentes en virtud de CPE (Convenio de la Patente Europea) y que permite al inventor, mediante una única solicitud de patente depositada en dicha Oficina, obtener protección en todos y cada uno de los países miembros del Convenio que hayan sido designados por él. Una vez concedida, la patente europea se divide en un haz de patentes nacionales, sometidas a la legislación del país respectivo.
c) Patente por vía mundial.
Patente tramitada en virtud del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes y que permite al inventor, mediante una única solicitud de patente, solicitar protección en todos los países designados por él, de los adheridos al Tratado.