No se ha incluido como personal del hospital al perteneciente a empresas concertadas (limpieza, lavandería etc.) ni el personal en período de formación (M.I.R., A.TS.).
Se incluye el personal efectivo a 31-XII del año de referencia de la estadística y no los puestos de trabajo que figuran en plantilla.
No se incluye en este concepto:
El personal en comisión de servicio, adscrito a otra institución.
El personal en disfrute de excedencia.
El personal que por baja laboral temporal transitoria haya sido sustituido.
Por el contrario se incluye al personal vinculado al establecimiento por contrato temporal o en comisión de servicio.
Total de personal. Corresponde a la suma de los directores, gerentes, personal asistencial y personal no asistencial.
Personal sanitario: comprende las siguientes categorías:
- Médicos. Todo personal médico que preste sus servicios en el hospital, independientemente de su puesto (Jefe de servicio, etc.); no se incluyen en este concepto los M.I.R., los asistentes voluntarios ni los becarios.
- Otros especialistas. Se incluyen en este concepto todos los especialistas no desarrollados en epígrafes anteriores (medicina preventiva, odontología).
- De Guardia. Médicos dedicados exclusivamente a la realización de guardias hospitalarias.
- Otros titulados superiores con función sanitaria. Físicos, biólogos, farmacéuticos, etc., que presten servicio en el hospital.
- A.T.S. y D.E. Ayudantes técnicos sanitarios y diplomados de enfermería. Las matronas y fisioterapeutas se hacen constar en sus epígrafes correspondientes.
- Técnicos sanitarios. Formación profesional de segundo grado con labor asistencial (anatomía patológica, laboratorio, etc.).
Personal no sanitario: comprende las siguientes categorías:
- Directores y gerentes. Personal dedicado exclusivamente a la dirección y gestión del hospital. Un médico que compatibilice sus labores de dirección y administración con su labor asistencial, se hace constar como personal médico y no en este concepto, para evitar duplicidades.
- Técnicos superiores. Titulados superiores que desarrollan sus funciones en las áreas de administración y servicios generales.
- Técnicos medios. Titulados de grado medio que desarrollan sus funciones tanto en las áreas de administración como en servicios generales.
- Administrativos. Auxiliares administrativos y administrativos.
- Personal de oficio cualificado. Formación profesional de segundo grado, excluyendo la rama sanitaria.
Otro personal. Personal vinculado al centro que no esté incluido en los epígrafes anteriores.