Ficha Metodológica: Índice de comercio en grandes superficies y cadenas de alimentación (Cod. 142533)
Estas fichas están basadas en la estructura ESMS (Euro SDMX Metadata Structure) determinada por la
Recomendación de la Comisión, de 23 de junio de 2009,
sobre los metadatos de referencia para el Sistema Estadístico Europeo.
1. Contacto
1.1. Organización de contacto
Eustat-Instituto Vasco de Estadística C/Donostia - San Sebastián, 1. 01010 Vitoria-Gasteiz
1.2. Unidad de contacto
1.3. Nombre de contacto
1.4. Función de la persona de contacto
1.5. Dirección postal de contacto
1.6. Dirección de correo electrónico de contacto
1.7. Teléfono de contacto
1.8. Número de fax de contacto
2. Actualización de metadatos
2.1. Última validación de metadatos
18/06/2024
2.2. Última difusión de metadatos
2.3. Última actualización de metadatos
18/06/2024
3. Presentación estadística
3.1. Descripción de los datos
La operación denominada Índice de comercio en grandes superficies y cadenas de alimentación, en adelante IGSC, permite obtener un indicador coyuntural de la evolución de las ventas y del personal ocupado en el sector del comercio minorista representado por las grandes superficies y cadenas de alimentación. Las variables que se analizan son las siguientes:
- Ingresos por ventas: comprende la facturación total realizada, excluido el IVA, por la empresa en el conjunto de establecimientos de que dispone en la C.A. de Euskadi, agregados por Territorio Histórico.
- Personal ocupado: comprende tanto el personal asalariado (fijo y eventual) como el no asalariado (autónomos), indicando la media de personas ocupadas en el mes.
3.2. Sistemas de clasificación
Las principales clasificaciones utilizadas en la operación son:
Clasificación nacional de Actividades Económicas (CNAE 09)
Índice Coyuntural de Servicios de la C.A. de Euskadi. Sectorización
3.3. Cobertura por sectores
El IGSC abarca las grandes superficies cuya actividad se corresponde con la división 47 de la CNAE-2009: Comercio al por menor, excepto de vehículos de motor y motocicletas. En el caso de las cadenas de alimentación la actividad corresponde a la actividad 4711 de la CNAE-2009: Comercio al por menor en establecimientos no especializados, con predominio en productos alimenticios, bebidas y tabaco.
3.4. Conceptos y definiciones estadísticos
3.5. Unidad estadística
Establecimientos comerciales cuya superficie de venta es igual o superior a 2.500 metros cuadrados y las cadenas de alimentación, considerándose cadena de alimentación a todas las empresas de al menos 3 locales, incluidas las grandes superficies si las tuviera, y más de 100 empleados, que realizan como actividad económica principal alguna de las incluidas en el ámbito poblacional con actividad en el período de referencia en el ámbito geográfico correspondiente.
3.6. Población estadística
Establecimientos de la C.A. de Euskadi con una superficie de ventas igual o superior a 2.500 metros cuadrados y las cadenas de alimentación de al menos 3 locales y más de 100 empleados en la C.A. de Euskadi, incluidas las grandes superficies si las tuviera. En el caso de las grandes superficies su actividad principal se corresponde con la división 47 de la CNAE-2009 y para las cadenas de alimentación su actividad se corresponde con la actividad 4711 de la CNAE-2009.
3.7. Ámbito geográfico
Las unidades estadísticas incluidas en el ámbito geográfico de la C.A. de Euskadi y en sus Territorios Históricos, aun cuando su sede social o gerencia se encuentre fuera de ella.
3.8. Cobertura temporal
El IGSC se remonta a la operación: Índice de ventas en medianas y grandes superficies (IVES), que se elaboró en 1991 y cuya serie comenzó en 1989. En 1994 se elaboró un nuevo índice cuyo panel tenía una conexión importante con el IVES y se denominó: Índice de comercio de grandes superficies (ICGS). Desde entonces, se han realizado varios cambios metodológicos y de base. Finalmente, en el año 2017 el ICGS fue sustituido por el IGSC, incorporando al anterior ICGS las cadenas de alimentación.
3.9. Periodo base
El período base de referencia del índice es 2015.
4. Unidad de medida
4.1. Unidad de medida
Índices de valor y sus tasas de variación mensuales y anuales.
5. Periodo de referencia
5.1. Periodo de referencia
El período de referencia es el mes natural.
6. Mandato institucional
6.1. Actos jurídicos y otros acuerdos
La LEY 4/1986, de 23 de abril, de Estadística de la Comunidad Autónoma de Euskadi tiene por objeto la regulación de las estadísticas de la Comunidad Autónoma de Euskadi para sus propios fines y competencias, las estadísticas de los Territorios Históricos y otros Entes Públicos comprendidos en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma y también regula la organización de dicha actividad estadística. Esta ley es cumplimentada por el Plan Vasco de Estadística que es el instrumento ordenador de la actividad estadística de la Comunidad Autónoma y contiene las estadísticas y otras actividades de esta naturaleza a realizar durante el período de su vigencia. El Plan Vasco de Estadística es objeto de aprobación mediante Ley. El plan que está vigente en la actualidad es el Plan Vasco de Estadística aprobado por la LEY 10/2023, de 9 de noviembre, para el periodo 2023-2026.
LEY 4/1986, de 23 de abril, de Estadística de la Comunidad Autónoma de Euskadi
Plan Vasco de Estadística aprobado por la LEY 10/2023, de 9 de noviembre
El IGSC está sujeto al Reglamento (CE) Nº 1893/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo de 20 de diciembre de 2006 por el que se establece que todas las estadísticas coyunturales han de elaborarse con arreglo a la NACE Rev.2. A partir de ésta última, el Real Decreto 4775/2007 de 13 de abril de 2007 aprobó la Clasificación Nacional de Actividades Económicas 2009 (CNAE-2009), que se fue incorporando progresivamente a todos los índices coyunturales elaborados por Eustat.
Además, el IGSC está sujeto al Reglamento (CE) Nº 1165/98 del Consejo de 19 de mayo de 1998 sobre las estadísticas coyunturales, modificado por el Reglamento (CE) Nº 1158/2005 del Parlamento Europeo y del Consejo de 6 de julio de 2005, que establecen el marco común de producción de estadísticas comunitarias sobre la evolución coyuntural del ciclo económico.
Reglamento (CE) Nº 1893/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de diciembre de 2006
Reglamento (CE) Nº 1165/98 del Consejo de 19 de mayo de 1998 sobre las estadísticas coyunturales
Reglamento (CE) Nº 1158/2005 del Parlamento Europeo y del Consejo de 6 de julio de 2005
6.2. Intercambio de datos
Los intercambios de datos entre Eustat y los restantes servicios estadísticos de la C.A. de Euskadi (departamentos del Gobierno Vasco y sus Entes Institucionales), así como entre éstos y el Estado, por razón de actividades desarrolladas por Eustat, se regulan en la LEY 4/1986, de 23 de abril, de Estadística de la Comunidad Autónoma de Euskadi. La LEY 4/1986 establece también la celebración de convenios de cooperación entre la C.A. de Euskadi y el Estado a efectos del mutuo aprovechamiento de estadísticas que sirvan para fines propios y estatales.
LEY 4/1986, de 23 de abril, de Estadística de la Comunidad Autónoma de Euskadi
No se prevé que esta operación se realice vía Convenio de Colaboración con algún ente u organismo.
7. Confidencialidad
7.1. Política de confidencialidad
Eustat adopta las medidas necesarias para evitar cualquier identificación de individuos o entidades directamente o indirectamente gracias a la estricta aplicación de la LEY 4/1986, de 23 de abril, de Estadística de la Comunidad Autónoma de Euskadi, en cumplimiento del secreto estadístico y de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. Todo el personal que lleva a cabo la recogida de la información, así como cualquier otra función dentro de Eustat, debe firmar una cláusula de confidencialidad (Artículo 15 de la LEY 4/1986). Esta cláusula de confidencialidad es asumida tanto por el personal contratado directamente por Eustat como por el personal subcontratado para la recogida de datos.
Cuando la operación incluye un cuestionario se indica que la información recogida queda amparada por el secreto estadístico, regulado por la LEY 4/1986.
LEY 4/1986, de 23 de abril, de Estadística de la Comunidad Autónoma de Euskadi
7.2. Tratamiento de datos confidenciales
La normativa y directrices de protección de los datos y preservación de la confidencialidad en el proceso estadístico, se centra principalmente en los protocolos de seguridad establecidos para el acceso, tratamiento y almacenaje de ficheros que contienen datos protegidos, ya sean datos personales o datos estadísticos. Dicha normativa se encuentra pormenorizada en el Documento de Seguridad desarrollado por Eustat.
En las tablas de resultados se evita publicar las variables sensibles cuya frecuencia sea pequeña, así como, celdas donde las contribuciones predominantes de algunas unidades estadísticas permitan su identificación indirecta. En los casos en que se difundan ficheros de microdatos, éstos no incluirán en ningún caso identificadores directos de registro ni datos personales, y se aplicarán criterios que eviten la identificación indirecta y la revelación de información confidencial o sensible sobre las personas.
Tratamiento de la Confidencialidad en las Operaciones Estadísticas de Eustat
Para los casos de datos proporcionados por un único informante y que no se puedan agrupar se recurrirá al protocolo sobre renuncia al derecho al secreto estadístico.
Por otro lado, la encuesta está sujeta al secreto estadístico. Esta salvaguarda garantiza que las respuestas aportadas nunca podrán ser utilizadas para otros fines distintos al de la propia operación estadística.
8. Política de difusión
8.1. Calendario de difusión
El avance de calendario se publica en el último trimestre de cada año y muestra las fechas exactas de la publicación de las estadísticas coyunturales y el mes de publicación de las estadísticas estructurales; posteriormente, los últimos días de cada mes se anuncia el día exacto de publicación de las estadísticas estructurales programadas para el mes siguiente.
8.2. Acceso al calendario de difusión
8.3. Acceso a la persona usuaria
De acuerdo con el Código de Buenas Prácticas de las Estadísticas Europeas, todas las personas usuarias tienen acceso a la misma información estadística al mismo tiempo y el acceso previo privilegiado a cualquier persona usuaria externa debe ser limitado, controlado y hecho público. En este sentido, las notas de prensa elaboradas por Eustat están disponibles en la web de Eustat el día fijado para su difusión, y son enviadas a la vez a todos los medios de comunicación de la C.A. de Euskadi. Asimismo, unas horas antes de su difusión oficial, algunas notas de prensa de Eustat son enviadas bajo embargo a aquellos Departamentos del Gobierno Vasco que, por su relación con la operación objeto de difusión, están interesados en disponer de tiempo suficiente para que sus responsables puedan preparar respuestas a posibles preguntas de los medios de comunicación.
9. Frecuencia de la difusión
9.1. Frecuencia de la difusión
La periodicidad de la difusión de los resultados es mensual y anual.
10. Accesibilidad y claridad
10.1. Comunicados
Eustat elabora notas de prensa en las que se difunden los principales resultados de las operaciones estadísticas. Las notas de prensa se pueden encontrar en la Web de Eustat en el menú correspondiente a cada operación estadística. Eustat también ofrece un servicio de prensa denominado Newsletters que consiste en un boletín de noticias que se distribuye por correo electrónico y que pretende reunir la información estadística más relevante sobre diferentes áreas y sectores de la C.A. de Euskadi.
10.2. Publicaciones
En la página web de Eustat están disponibles las siguientes publicaciones:
- Datos: Contienen las últimas notas de prensa, gráficos y visualizaciones, así como las siguientes tablas estadísticas:
- Precios corrientes y precios constantes del sector comercio en grandes superficies y cadenas de alimentación:
Índice de comercio en grandes superficies y cadenas de alimentación de la C.A. de Euskadi por tipo de producto y mes: datos brutos, datos corregidos y datos desestacionalizados.
Índice de comercio en grandes superficies y cadenas de alimentación de la C.A. de Euskadi por territorio histórico y mes: datos brutos, datos corregidos y datos desestacionalizados.
- Personal empleado del sector comercio en grandes superficies y cadenas de alimentación:
Índice de comercio en grandes superficies y cadenas de alimentación de la C.A. de Euskadi por territorio histórico y mes (personal empleado): datos brutos y datos desestacionalizados.
- Metadatos:
- Metodología y calidad: Contiene la siguiente documentación:
Notas metodológicas sobre el Índice de comercio en grandes superficies y cadenas de alimentación y el Estándar de Eustat para el tratamiento de series temporales.
Ficha metodológica estandarizado
Ficha de calidad
- Definiciones
- Códigos y nomenclaturas
- Cuestionarios
Índice de comercio en grandes superficies y cadenas de alimentación
10.3. Bases de datos on-line
10.4. Acceso a microdatos
10.5. Otros
Eustat ofrece la posibilidad de solicitar explotaciones específicas de información a medida a la ciudadanía, las empresas, las administraciones públicas, los agentes económicos y sociales, las universidades, etc., como consecuencia de las necesidades de información estadística que tienen, bien para la realización de su propia actividad o por otros motivos.
Servicios de Información
10.6. Documentación sobre metodología
10.7. Documentación sobre calidad
11. Gestión de calidad
11.1. Garantía de calidad
El marco de garantía de calidad para las estadísticas de Eustat se basa en los indicadores estándar de calidad propuestos por EUROSTAT en su Código de Buenas Prácticas de las Estadísticas Europeas. Este código consta de 16 principios, agrupados en tres áreas: Entorno Institucional, Procesos y Productos. Cada principio tiene asociado una serie de indicadores que permiten su medida.
En este contexto, Eustat elabora indicadores propios para evaluar la calidad de cada operación estadística y utiliza diferentes herramientas de EUROSTAT para medir la calidad. Entre estas herramientas se encuentran el cuestionario DESAP (Development of a Self Assessment Programme) (ver apartado 11.2) y la Encuesta de satisfacción de usuarias y usuarios (ver apartado 12.2).
Código de buenas prácticas en las estadísticas europeas
11.2. Evaluación de calidad
Eustat tiene establecido un protocolo de evaluación en el que se emplea el cuestionario DESAP (Development of a Self Assessment Programme). Esta herramienta permite analizar cada operación estadística por los/las responsables o el equipo que participa en la misma, para detectar mejoras que puedan ser implementadas en las próximas operaciones. La evaluación se realiza anualmente, siempre que la operación tenga esa periodicidad o una inferior; en el caso de que la operación se realice con una periodicidad mayor al año la evaluación se realiza a su finalización.
Por otro lado, Eustat aplica los criterios de calidad estándar propuestos por EUROSTAT. A estos factores se añaden indicadores propios elaborados por Eustat, que junto con los indicadores de EUROSTAT sirven de guía para alcanzar las metas de calidad en las diferentes fases de la operación estadística.
En el IGSC se establecen los siguientes objetivos específicos con respecto a los indicadores de calidad recomendados por EUROSTAT: pertinencia, precisión y fiabilidad, comparabilidad, oportunidad y puntualidad, accesibilidad y claridad, y coste.
12. Relevancia
12.1. Necesidades de la persona usuaria
Los principales organismos usuarios del IGSC son:
- Departamento de Hacienda y Economía.
- Departamento de Desarrollo Económico e Infraestructuras.
- Departamento de Trabajo y Empleo.
Otros organismos usuarios del IGSC son:
- Cámaras de Comercio, Industria y Navegación.
- Asociaciones Empresariales, Profesionales y Comerciales.
- Sindicatos de trabajadores y Confederaciones empresariales.
- Universidades.
- Gabinetes de Estudios de las Entidades de Crédito.
- Gabinetes privados de Estudios Económicos y Sociales.
- Asesores técnicos comerciales.
- Medios de Difusión en general.
En el año 2021, el índice de Impactos, que refleja el número de noticias en prensa y medios digitales, ha sido de 3. En el año 2022, el índice de Visitas web, que indica el número de visitas web por operación, ha sido de 2. Ambos sobre el valor de referencia 1-5, donde 1 es el mínimo y 5 es el máximo.
Ficha de calidad
12.2. Satisfacción de la persona usuaria
Existe una Encuesta de satisfacción de usuarias y usuarios que se realiza bienalmente en la que se recogen los puntos de vista y opiniones de los mismos. La encuesta mide la satisfacción mediante un índice que indica el grado de satisfacción de las personas usuarias por grupo de operaciones, medido en la escala de 1 a 5. También valora la importancia otorgada por las personas usuarias por grupos de operaciones, medido en la escala de 1 a 5.
En el año 2021, el índice de satisfacción ha sido de 4,14 y el nivel de importancia otorgado ha sido de 4,35. Ambos sobre el valor de referencia 1-5, donde 1 es el mínimo y 5 es el máximo.
Ficha de calidad
12.3. Exhaustividad
La estructura de información difundida cumple con los niveles de las desagregaciones conceptuales, territoriales y temporales previstos en los Programas anuales de la actuación estadística. En este sentido, la máxima desagregación territorial de los resultados del IGSC es el Territorio Histórico.
13. Acuracidad y fiabilidad
13.1. Acuracidad global
Se establece el objetivo de cerrar la recogida de información con el 100% de cobertura.
13.2. Errores de muestreo
No hay errores de muestreo ya que se trata de una operación censal.
13.3. Errores ajenos al muestreo
Los principales errores ajenos al muestreo de la operación estadística en el periodo 2022 son:
Tasa de respuesta (Anual): 99,60 %
Ficha de calidad
14. Oportunidad y puntualidad
14.1. Oportunidad
El valor real de desfase, que mide el tiempo transcurrido entre el fin del periodo de referencia y la fecha de publicación de resultados, en el año 2022 se ha situado en 28 días.
Ficha de calidad
14.2. Puntualidad
Los resultados de la encuesta se publican de acuerdo al calendario de publicaciones de Eustat. El indicador de cumplimiento de calendario en el año 2022 ha sido del 100 %.
Ficha de calidad
15. Coherencia y comparabilidad
15.1. Comparabilidad geográfica
Para el conjunto del sector de servicios se realizó una sectorización propia a partir de la CNAE-2009 con objeto de obtener resultados comparables a nivel europeo admitiendo, a su vez, la inclusión de especificidades propias de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
La tasa de comparabilidad, que mide el porcentaje de aspectos de la metadata que son comparables con cada una de las Instituciones u Organismos de referencia, en el año 2022 ha sido del 100 %.
Ficha de calidad
Índice Coyuntural de Servicios de la C.A. de Euskadi. Sectorización
15.2. Comparabilidad temporal
El indicador de periodos comparables, que mide el número de periodos de la serie de datos de la operación que aparezcan libres de “saltos”, ha sido en el año 2022 de 8 años.
Ficha de calidad
15.3. Coherencia - cruce de sectores
El IGSC esta englobado dentro del Índice coyuntural de servicios (ICS). No obstante, y debido principalmente a su importancia, el IGSC se difunde de forma individualizada mensualmente.
15.4. Coherencia - interna
La coherencia entre los datos del IGSC se garantiza comprobando que la suma de los totales coincida con la suma de sus correspondientes parciales y que las dos variables investigadas estén, de forma general, dentro de un intervalo en comparación con sus homólogos del mismo período del año anterior y el periodo anterior. También se comprueba que la evolución de los índices tengan una coherencia controlando los valores atípicos.
16. Costes y carga
16.1. Costes y carga
El presupuesto total de esta operación según el programa estadístico anual de 2024 es de 63100 €.
17. Revisión de datos
17.1. Revisión de datos - Política
En los casos en los que se producen errores y se detectan con posterioridad a su difusión, los datos son rectificados. Se publican de nuevo los productos estadísticos (notas de prensa, tablas estadisticas, banco de datos, etc.) que corresponda a cada caso. Con respecto a las notas de prensa, se añade un recuadro en el que se comunica que la nota ha sido revisada y se explican las causas del error.
17.2. Revisión de datos - Práctica
Los datos del año en curso (año natural) son provisionales y están en constante revisión hasta el mes de marzo del año posterior que pasan a ser definitivos. El resto de datos brutos publicados son definitivos y no se realizan revisiones.
18. Tratamiento estadístico
18.1 Datos de origen
El IGSC es una operación censal con recogida directa de datos.
Se realiza un muestreo exhaustivo de todos los establecimientos comerciales cuya superficie de venta sea igual o superior a 2.500 metros cuadrados y de las cadenas de alimentación, considerándose cadena de alimentación a todas las empresas de al menos tres locales, incluidas las grandes superficies si las tuviera, y más de 100 empleados, con actividad en la C.A. de Euskadi en el período en cuestión. Se utiliza como marco de la encuesta el Directorio de Actividades Económicas (DIRAE) de Eustat, que contiene información sobre la actividad económica principal y sobre el número de personal ocupado de las empresas y sus establecimientos.
De forma continua la muestra se acomoda a los cambios que ocurren en la población objeto de estudio.
El nº de unidades investigadas se corresponde con 45 empresas del sector en 2020
18.2. Frecuencia de la recogida de datos
Mensual
18.3. Recogida de datos
Los datos se obtienen a partir de un cuestionario mensual específico. Los cuestionarios se envían por correo postal y/o electrónico dando la opción de realizar la encuesta vía web. Durante el periodo de implantación, que tiene como finalidad afianzar el panel de empresas, se recogen los datos relativos al período base y los del resto de trimestres que median hasta el momento en que comienzan a remitirse los cuestionarios mensuales. Existe siempre un apoyo telefónico para resolver dudas y aclaraciones sobre la cumplimentación del cuestionario.
18.4. Validación de datos
La aplicación en la que se graban los datos realiza una autovalidación que comprueba:
- Que el código sea válido, para lo cual cada código lleva asociado un dígito de control.
- Que no esté duplicada la información, de forma que para cada mes no exista un código de empresa asignado a más de un grupo de datos grabado.
- Que los totales coincidan con las sumas de sus correspondientes parciales (errores en sumas totales por territorio histórico y C.A. de Euskadi).
- Que el personal ocupado y los ingresos por ventas totales estén dentro de un intervalo en comparación con sus homólogos del mismo período del año anterior.
18.5. Compilación de datos
En la fase de imputación se estiman los datos de ventas y personal de aquellas empresas que no devuelven debidamente cumplimentados los cuestionarios. Las imputaciones se realizan de forma exhaustiva.
En relación con la fase de explotación, se calculan todos los índices (“Alimentación”, “Resto” y “Total”) de cada Territorio Histórico y del conjunto de la C.A. de Euskadi para la variable “Ingresos por ventas” y para el “Personal Ocupado”. El año de referencia del IGSC es el año 2015.
Se puede consultar de forma detallada el proceso de explotación de los índices en el siguiente documento publicado por Eustat: Índice de comercio en grandes superficies y cadenas de alimentación (IGSC). (Nota metodológica).
18.6. Ajuste
Todos los índices se corrigen de efectos de calendario y se desestacionalizan para hacerlos comparables a lo largo del tiempo. Los índices corregidos de efectos de calendario son homogéneos interanualmente y los índices desestacionalizados son homogéneos tanto intermensual como interanualmente.
Estándar de Eustat para el tratamiento de series temporales. (Nota metodológica)
Índice de comercio en grandes superficies y cadenas de alimentación (IGSC). (Nota metodológica)
19. Observaciones